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Pena de muerte

Aunque la mayoría de las naciones del mundo no practiquen la pena capital, los países significativos como China y los Estados Unidos adoptan ese recurso en su sistema jurídico. Con frecuencia el asunto resurge, y los debates públicos demandan de la sociedad una posición ante la discusión. Hasta el 2017, la Iglesia Adventista del Séptimo […]


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Imagen: Shutterstock

Aunque la mayoría de las naciones del mundo no practiquen la pena capital, los países significativos como China y los Estados Unidos adoptan ese recurso en su sistema jurídico. Con frecuencia el asunto resurge, y los debates públicos demandan de la sociedad una posición ante la discusión.

Hasta el 2017, la Iglesia Adventista del Séptimo Día no había presentado su consideración con respecto al tema. Sin embargo, el documento titulado “Pena de muerte: una opinión”, preparado por el Comité de Ética del Instituto de Investigación Bíblica de la Asociación General, manifestó la comprensión denominacional actual con relación al asunto.

La iglesia no ignora la complejidad del tema y el sufrimiento de las familias de los que fueron víctimas de crímenes atroces. Sin embargo, los adventistas, “a partir de varias perspectivas” (filosófica, sociológica, práctica y bíblico-teológica) (p. 1), también reconocen que la aplicación de la pena capital no está exenta de preguntas cuyas respuestas no se encuentran satisfactoriamente.

Por principio, la iglesia busca “preservar y proteger la vida humana”, según queda evidente en declaraciones oficiales sobre temas como “violencia, guerra, eutanasia, y a favor de la tolerancia y de la no combatividad” (p. 1).

A pesar de las varias menciones veterotestamentarias a la pena capital, “los adventistas creen que la violencia y la pena de muerte no tienen lugar en la Iglesia. En otras palabras, no es tarea de la Iglesia quitar la vida humana” (p. 2). En base al hecho de que Cristo revocó la teocracia judía, en los principios éticos presentados por él en el Nuevo Testamento y en la manera como la iglesia apostólica trataba con los pecados de los primeros cristianos (por ejemplo, la relación incestuosa narrada en 1 Cor. 5), es posible concluir que “la pena capital no se practica entre el pueblo de Dios. Antes, la Iglesia tiene la responsabilidad de acercarse a los pecadores con el objetivo de ganarlos para un comportamiento semejante al de Cristo, aceptando las enseñanzas bíblicas” (p. 2).

Al referirse a la aplicación de la pena de muerte por parte de los gobiernos constituidos, el documento considera dos textos bíblicos: Génesis 9:5, 6 y Romanos 13:4. Después de hacer consideraciones exegéticas breves con relación a los dos pasajes, él afirma: “Los dos textos deben estudiarse cuidadosamente, teniendo en cuenta su contexto literario y marco histórico, la verdad principal del argumento en el pasaje y el vocabulario y la gramática en hebreo y griego. Además, la Biblia como un todo, y sus principios sobre la vida y la muerte, la violencia y la gracia, la justicia y el perdón deben consultarse. En el presente, no hay consenso en cuanto a la interpretación de los textos mencionados antes entre la amplia comunidad cristiana o en la Iglesia Adventista” (p. 3).

Al reconocer la falta de consenso teológico sobre el tema, es oportuno hacer aquí una pequeña regresión y considerar los consejos de Elena de White sobre la publicación de textos que presenten puntos de vista teológicos divergentes. Para la autora, “Ustedes deben ser, en lo que respecta a diferencias, prudentes como serpientes y sencillos como palomas. Aun si están plenamente convencidos de que sus ideas acerca de doctrina son sólidas, no muestran sabiduría al hacer que esas diferencias sean más visibles”. (OP p. 75). Aunque el contexto original de esa cita no sea la discusión sobre la pena de muerte, parece razonable aplicar ese principio a ese caso también.

Finalmente, el documento declara: “Ante el hecho de que la pena capital no tiene lugar en la iglesia cristiana, no es correcto que la Iglesia sea vista como agente que aboga por la pena capital, aunque el estado pueda ejecutarla. Por lo tanto, se recomienda que haya apoyo a la práctica de la Iglesia Adventista del Séptimo Día de valorar la vida humana […] Se recomienda también que los miembros de la Iglesia no se involucren en ninguna campaña para promover la pena de muerte. La misión de la Iglesia no es promover la muerte, sino anunciar la vida y la esperanza” (p. 3).

 

Principios editoriales
  1. Defendemos la santidad de la vida humana y no promovemos la pena de muerte en ningún material.
  2. En virtud de la falta de consenso teológico sobre el asunto, evitamos en nuestros materiales el debate entre personas a favor y en contra de la aplicación de la pena capital.
  3. Los dos principios anteriores no significan que no debamos tratar el tema, solo que debemos hacerlo siempre de manera responsable y sin radicalismo.

 

Bibliografía

Instituto de Investigación Bíblica de la Asociación General de la Iglesia Adventista del Séptimo Día. (2017). Death penalty: An opinion. Disponible en: <https://tinyurl.com/y6ztdwjc>.

 

Lemos, F. (2017). Igreja vota documento sobre pena de morte. Disponible en: <https://tinyurl.com/y235tnpa>.

 

White, E. de. El otro poder. Asociación Casa Editora Sudamericana, (1996).

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